Primera victoria para la Denominación de Origen Protegida (DOP) Guijuelo. El Ministerio de Agricultura ha rechazado, en una resolución fechada el pasado 24 de octubre, la suspensión cautelar de la modificación de los pliegos de Guijuelo por el que esta DOP incluía una nueva categoría de 'Cerdo 50% raza ibérica' (resultado de un cruce entre una hembra ibérica y un macho Duroc) para jamones y paletas, así como abría la puerta a las explotaciones intensivas en la designación "de cebo de campo 50% raza ibérica", entre otros cambios. En concreto, fuentes consultadas, matizan que el departamento que dirige Luis Planas todavía debe pronunciarse sobre el fondo de los recusos de alzada presentados por las otras tres denominaciones de ibérico: 'Dehesa de Extremadura', 'Jabugo' y 'Los Pedroches'. Es decir, la vía administrativa no está aún agotada aunque desde las citadas DOP no se descarta llevar este procedimiento a la vía judicial.
En concreto, al Ministerio todavía le queda dirimir si los cambios introducidos por Guijuelo se pueden considerar normales o de la unión. O lo que es lo mismo, si deben o no pasar por el examen de Bruselas. Además, las tres denominaciones, también comparten que la aparición de esta nueva categoría - 'Cerdo 50% raza ibérica' - y, sobre todo, la introducción explotaciones intensivas para la designación "de cebo de campo 50% raza ibérica" impacta sobre el vínculo territorial ya que la intensiva permite producir en cualquier localización. En concreto, dudan de sus sostenibilidad medioambiental al permitir la concentración de un centenar de cerdos por hectárea. Además, desde Jabugo, vienen lamentando que para pasar del 75 al 100% de raza ibérica se vieron obligados a lograr el aval de la Unión Europea, tal y como publicamos en este medio hace algunas semanas.
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Fuentes consultadas justifican el rechazo a la suspensión cautelar, en el que la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en su articulo 47.1 establece como causas para esta anulación la lesión de derechos fundamentales (liberdad de expresión, religiosa, integridad física y moral, ...), la falta de competencia, que se haya prescindido del procedimiento legalmente establecido o que sean decisiones contrarias al ordenamiento jurídico. El Ministerio ha considerado que, en el caso de la DOP Guijuelo, no se cumple estos requisitos para detener el procedimiento que seguirá a la espera de que se pronuncie sobre el resto de los recursos interpuestos por Dehesa de Extremadura', 'Jabugo' y 'Los Pedroches'.
Polémica por una reunión y un informe técnico
Fuentes del Ministerio de Agricultura se reafirman en la defensa del procedimiento seguido por la Dirección General de Alimentación. En concreto, citan la polémica reunión de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada celebrada el pasado 20 de agosto con los representantes de las autonomías competentes (Andalucía, Extremadura, Castilla y León y Castilla - La Mancha). Todas ellas, defienden desde el departamento de Planas, consideraron en sus informes que la modificación de Guijuelo era normal ya que no altera el vículo geográfica y no restringía la comercialización al introducir una categoría que ya tenía la DOP Guijuelo en los años 80. Para las fuentes ministeriales consultadas, las novedades que ha introducido Guijuelo en sus pliegos también reponde a "una estrategia comercial distinta de la seguida por otras DOP" y la describen como "igualmente legítima en un marco de libre mercado".
Además, recuerdan, que al tratarse Guijuelo de una denominación supraautonómica (abarca más de una comunidad autónoma) el competente en esta materia es el Ministerio de Agricultura "que debe velar porque los cambios propuestos se ajustan a la legalidad vigente, como es el caso". Las fuentes consultadas sostienen que se solicito "dos veces informe a las comunidades autónomas y ni Castilla - La Mancha, ni Castilla y León, ni Andalucía han mencionado esta reducción del porcentaje de ibérico al 50%". Sin embargo, en el caso de Extremadura reconocen que sí lo planteó, "pero, a pesar de considerarlo una modificación trascendente, entiende que es una modificación normal". Sin embargo, como publicó ' 20 Minutos' hace unos días, desde la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible extremeña se aseguró que "Extremadura se abstuvo y no votó a favor de la modificación del pliego de condiciones de la DOP Guijuelo" y que habían pedido un cambio por carta a Planas en el acta de aquella reunión junto a Andalucía.
En esta línea, siempre según este gobierno autonómico, en su informe apuntaron que "se trataba de una modificación trascendente pero, al mismo tiempo ajustada a derecho". Por este motivo, solicitaban que "al tratarse de cambios importantes, Extremadura pidió que se aplicara el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones goegráficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas". Es decir, que las modificaciones incorporadas por Guijuelo se sometieran al trámite de oposición nacional para que los actores interesados puedan presentar alegaciones u observaciones. Algo sobre lo que áun debe pronunciarse Agricultura, y que recogen también el resto de denominaciones en sus recursos de alzada.
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