El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución de la Dirección General de Alimentación, por la que se aprueba y publica la propuesta de modificación de la Denominación de Origen Protegida Guijuelo.
Los cambios introducidos por la normativa tienen relación con la materia prima y la fase de elaboración del producto. Así, pasan a admitirse los cerdos con un 50 % de raza ibérica cruzados con cerdos de la raza Duroc: "el ganado apto para la elaboración de jamones y paletas amparados por esta denominación, será de la raza porcina ibérica o sus cruces con la raza Duroc autorizados por la legislación nacional, garantizando un mínimo de 50% de raza ibérica".
Se establecen las siguientes menciones facultativas, según el tiempo de elaboración:
Selección: para jamones entre 1.250 y 1.500 días de elaboración y paletas entre 780 y 960 días de elaboración.
Gran selección: para jamones con más de 1.500 días de elaboración y paletas con más de 960 días de elaboración.
Se establecen 1.000 días como mínimo para la elaboración de los jamones y de 600 para las paletas por lo que las denominaciones quedan establecidas de la siguiente forma:
Clase I: Jamón de Bellota 100 % Ibérico, procedente de cerdos 100 % ibéricos, con un peso de las piezas elaboradas superior a 6,5 kg y un período mínimo de elaboración de 1.000 días. Paleta de Bellota 100 % Ibérica, procedente de cerdos 100 % ibéricos, con un peso de las piezas elaboradas superior a 3,7 kg y un período mínimo de elaboración de 600 días.
Clase II: Jamón de Bellota Ibérico, procedente de cerdos con un mínimo de 50% de raza ibérica , con un peso de las piezas elaboradas superior a 7 kg y un período mínimo de elaboración de 1000 días. Paleta de Bellota Ibérica, procedente de cerdos con un mínimo de 50% de raza ibérica con un peso de las piezas elaboradas superior a 4 kg y un período mínimo de elaboración de 600 días.
Clase III: Jamón de Cebo de Campo Ibérico, procedente de cerdos con, al menos, el 50 % de raza ibérica, con un peso de las piezas elaboradas superior a 6,5 kg para jamón 100 % ibérico y 7 kg para el resto y un período mínimo de elaboración de 800 días. Paleta de Cebo de Campo Ibérica, procedente de cerdos con, al menos, el 50 % de raza ibérica, con un peso de las piezas elaboradas superior a 3,7 kg para paleta 100 % ibérica y 4 kg para el resto y un período mínimo de elaboración de 425 días.
En estos momentos, una vez publicada en el BOE la resolución, se abre un periodo de 30 días para presentar posibles alegaciones u oposiciones a estas modificaciones propuestas por el consejo regulador de la DOP.
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